El autor expone de manera sobresaliente los aspectos más relevantes acerca de los fundamentos y de la naturaleza del derecho disciplinario. Allí se refiere a la función dogmática, las diferencias entre el derecho penal y el derecho disciplinario y de forma muy especial a la categoría de la relación especial de sujeción. Es una posición refrescante, sin descuidar el origen de los conceptos, de donde se obtienen unos nuevos cimientos, para demostrar que esta disciplina sí tiene elementos propios que la hacen diferente a otras expresiones del derecho público.
De forma siguiente, pone de presente algunos temas tan necesarios en la teoría del derecho disciplinario como la función policial permanente, el principio informador, la relación jerárquica, la obediencia y el deber funcional, entre muchos otros. Pero en donde se destaca el autor es en el momento de referirse al concepto de la disciplina, cuando efectúa planteamientos como los siguientes: «La disciplina es concebida como condición esencial para la existencia de toda institución policial». En pocas palabras, sin disciplina no existe una organización como los cuerpos militares o de policía y en mi caso creo profundamente que ello puede predicarse de la misma sociedad. (De la presentación)